Gaceta oficial Nº 40.773 23 de octubre de 2015
La nueva ley establece que se le podrá descontar un porcentaje cuando el trabajador incumpla con su jornada laboral, a excepción de incapacidad por enfermedad o accidente que no exceda de 12 meses, descanso pre y post natal y permiso o licencia de paternidad.
A través de la Gaceta Oficial Nº 40.773 fue oficializado el aumento del bono de alimentación tal como lo anunció el presidente de la República, Nicolás Maduro el pasado 15 de octubre durante su visita al estado Bolívar.
En este sentido, el 1 de noviembre el mínimo de la cesta ticket será de 6.750 que se hará en base a una unidad tributaria y media (1,5 UT) por día, a razón de 30 días por mes.
De igual forma la nueva ley establece que se le podrá descontar un porcentaje cuando el trabajador incumpla con su jornada laboral, a excepción de incapacidad por enfermedad o accidente que no exceda de 12 meses, descanso pre y post natal y permiso o licencia de paternidad, entre otros.
Asimismo se le hará entrega al trabajador de cupones, tickets o tarjetas electrónicas con las que podrá adquirir alimentos.
El bono de alimentación no podrá ser pagado en efectivo o equivalente a menos que la entidad de trabajo cuente con menos de 20 trabajadores o determinadas circunstancias impidan a los trabajadores el acceso a los establecimientos de expendio de alimentos.
La nueva legislación indica que los cupones, tickets y tarjetas electrónicas deben llevar impresa la expresión “Cestaticket Socialista”, así como poseer el nombre del beneficiario.
Fuente: Dinero.com.ve
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