Gaceta oficial Nº 40.747 16 de septiembre de 2015
En la Gaceta Oficial N° 40.747 de fecha 16 de septiembre de 2015, La Presidencia de la República, publicó en los Decretos Nros. 2.017, 2.018, y 2.019, la designación de las autoridades únicas en los siguientes municipios:
Elías Antonio Moreno Martínez, Autoridad Única de la Zona Cuatro, área determinada por los límites político-territoriales de los municipios Machiques de Perijá, Rosario de Perijá, Jesús Enrique Lossada y la Cañada de Urdaneta del estado Zulia. La Autoridad Única de la Zona Cuatro coordinará a las autoridades públicas del Ejecutivo Nacional con competencia en los municipios Machiques de Perijá, Rosario de Perijá, Jesús Enrique Lossada y La Cañada de Urdaneta del estado Zulia, así como la coordinación interinstitucional con los distintos entes político territoriales, y con los órganos y entes de éstos.
Carlos Miguel Yanes Figueredo, Autoridad Única de la Zona Cinco, área determinada por los límites político-territoriales de los municipios Catatumbo, Jesús María Semprúm y Colón del estado Zulia, con el fin de establecer un nuevo orden en el sector de la frontera en la cual concurren dichos municipios, fortaleciendo la capacidad de organización y el liderazgo de las nuevas estructuras para una nueva frontera. La Autoridad Única de la Zona Cinco coordinará a las autoridades públicas del Ejecutivo Nacional con competencia en los municipios Catatumbo, Jesús María Semprún y Colón del estado Zulia, así como la coordinación interinstitucional con los distintos entes político territoriales, y con los órganos y entes de éstos.
Antonio José Clemente Carreño, Autoridad Única de la Zona Seis, área determinada por los límites político-territoriales del municipio Páez del estado Apure, con el fin de establecer un nuevo orden en el sector de la frontera en la cual concurren dicho municipio, fortaleciendo la capacidad de organización y el liderazgo de las nuevas estructuras para una nueva frontera. La Autoridad Única de la Zona Seis coordinará a las autoridades públicas del Ejecutivo Nacional con competencia en el Municipio Páez del estado Apure, así como la coordinación interinstitucional con los distintos entes político territoriales, y con los órganos y entes de éstos.
Johnny Orlando Sandía Santiago, Autoridad Única de la Zona Siete, área determinada por los límites político-territoriales de los municipios Rómulo Gallegos y Pedro Camejo del estado Apure, con el fin de establecer un nuevo orden en el sector de la frontera en la cual concurren dichos municipios, fortaleciendo la capacidad de organización y el liderazgo de las nuevas estructuras para una nueva frontera. La Autoridad Única de la Zona Siete coordinará a las autoridades públicas del Ejecutivo Nacional con competencia en los municipios Rómulo Gallegos y Pedro Camejo del estado Apure, así como la coordinación interinstitucional con los distintos entes políticos territoriales, y con los órganos y entes de éstos.
Se instruye a los Ministerios del Poder Popular y a sus respectivos entes descentralizados y órganos desconcentrados, así como otras autoridades con jurisdicción en el área, para que en el marco de sus respectivas competencias, sirvan a la ejecución y cumplimiento de lo establecido en este Decreto, dicten los actos que correspondan y ejecuten las actividades necesarias a tal efecto, bajo la coordinación y aprobación previa de la Autoridad Única.
La Autoridad Única dependerá directamente del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, a quien rendirá informe periódico de sus actuaciones.