Gaceta oficial Nº 41.351 01 de Marzo de 2018
Se fija como monto de las
pensiones otorgadas a las pensionadas y los pensionados, por el Instituto
Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.), el salario mínimo nacional
obligatorio, estableciéndose la cantidad TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL
SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLÍVARES CON CUARENTA Y SEIS CÉNTIMOS la cantidad de Bs. 392.646,46 mensuales,
adicionalmente, percibirán el equivalente a un salario mínimo, un Bono Especial
de Guerra Económica del CUARENTA POR CIENTO (40%), por la cantidad de CIENTO
CINCUENTA Y SIETE MIL CINCUENTA Y OCHO BOLÍVARES CON CINCUENTA Y OCHO CÉNTIMOS
que se ubica en 157.058,58 bolívares, los pensionados ahora cobrarán mensual 549.705,04 bolívares.
Este Decreto entrará en vigencia a partir del 15 de Febrero de 2018.
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