Gaceta oficial Nº 41.351 01 de Marzo de 2018
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Decreto N° 3.300, mediante el cual se faculta al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) para reajustar la Unidad Tributaria (U.T.), con base a los análisis técnicos que correspondan.
Providencia mediante la cual se reajusta la Unidad Tributaria de Trescientos Bolívares (Bs. 300,00) a Quinientos Bolívares (Bs. 500,00).
SENIAT
Providencia mediante la cual se reajusta la Unidad Tributaria de Trescientos Bolívares (Bs. 300,00) a Quinientos Bolívares (Bs. 500,00).
Les recordamos que la Unidad Tributaria (UT) es una medida que normaliza y mantiene actualizados, año tras año, los montos especificados en las leyes tributarias y reglamentos tributarios venezolanos, los cuales son en expresados en proporcionalidad directa (incluso en fracción y/o porcentaje) al valor actual de dicha Unidad Tributaria.
Es importante destacar que el Código Orgánico Tributario establece de manera clara que el procedimiento de ajuste del valor de la Unidad Tributaria es en base al índice de inflación. Sin embargo, desde el año 2013 hasta este 2018 la Administración Tributaria, a ajustado los valores de la Unidad Tributaria por debajo de los niveles de inflación.