Gaceta Oficial.- El Seniat se ampara en el artículo 1 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta para exigir la declaración, toda persona natural o jurídica que se encuentre en el extranjero deberá declarar y pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISLR), al ser considerados residentes fiscales por la legislación tributaria.
La situación de obligatoriedad de declarar y pagar o simplemente presentar ante el fisco nacional la declaración de ISLR del ejercicio fiscal 2017 va a depender de las siguientes situaciones:
1.Considerarse Persona Natural Residente o No Residente según sea el caso, siempre determinando la P.N.R. aquella que haya permanecido durante el año 2017 por mas de 183 días de manera continua o discontinua en Venezuela ;
2. (-) de 183 días en Venezuela pasa a ser No Residente ( en el año 2017 periodo de imposición )
Si es el caso Nro 2 que se va a tratar, esta obligado a declarar renta por los días que haya permanecido en el país durante el año 2017.
Nota. Si se llega a dar este caso especial debe indicarle a su Consultor Tributario o Fiscal, el monto de la renta generada y así proceder a declarar el impuesto señalado.
3.- Si la Persona Natural estuvo fuera del país los 365 días del año 2017, NO TIENE NADA QUE DECLARARLE AL FISCO NACIONAL.