Gaceta Oficial.- Toda empresa con más de 20 empleados está en la obligación de dar el beneficio de guardería infantil y colegio para los hijos de los trabajadores, donde el trabajador pueda dejar a sus hijos durante la jornada laboral.
Este beneficio social, se otorga a trabajadores cuyo salario no exceda de los cinco (5) salarios mínimos, corresponderá con ocasión del aumento de dicho salario, a quienes devengue hasta Bs. 1.963.232,30 a partir del 15 de febrero de 2018
Asimismo, el 40% del salario mínimo, cantidad que debe pagar el patrono por concepto de matrícula y mensualidades, alcanza la suma de Bs. 157.058,58.