Gaceta Oficial N° 41.441 17 de julio de 2018
1. Tasa activa estipulada durante el mes de junio de 2018 aplicable a los supuestos a que se refieren los artículos 128, 130, 142 literal f), y 143 Cuarto Aparte, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras: 20,81%.
2. Tasa promedio entre la activa y la pasiva estipulada durante el mes de junio de 2018, aplicable al supuesto a que se refiere el Tercer Aparte del artículo 143 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras: 17,85%.
Se conoce con el nombre de antigüedad por ser un beneficio
directamente proporcional a al tiempo de servicios del trabajador.
Este pago está regulado en los artículos 141 y 142 de la
LOTTT y la Constitución establece sus lineamientos en el artículo 93, numeral 3.
Descargar en PDF Aviso Oficial del BCV
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