Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6395 17 de agosto de 2018
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Decreto Nº 3.583,
mediante el cual se declara día no laborable y, por tanto, se le otorga el
carácter de feriado a los efectos del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley
Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, el día 20 de agosto
del año 2018.
Se excluye de esta medida las "actividades que no puede interrumpirse por su naturaleza", como son las cadenas de alimentación a nivel nacional y el sistema de salud.
Este decreto
extraordinario es resultado de la adecuación de la banca privada y pública, así
como de los comercios y empresas en todo el país, al nuevo orden económico y el
cambio de cono monetario basado en Bolívares Soberanos (BsS).