Gaceta-Oficial.- Según Gaceta Oficial 41.472 de
fecha 31 de Agosto 2018 se publica:
Decreto
N° 3.601, mediante el cual se incrementa el salario mínimo
mensual obligatorio en todo el territorio de la República Bolivariana de
Venezuela, para las trabajadoras y los trabajadores que presten servicios en
los sectores público y privado, el cual se fija en la cantidad de un mil
ochocientos Bolívares Soberanos exactos (Bs.S 1.800,00) mensuales, (Véase N°6.403 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de esta misma fecha).
Decreto
N°3.602, mediante el cual se fija el Cestaticket Socialista mensual para
los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores
público y privado, en la cantidad de ciento ochenta Bolívares Soberanos (Bs.S
180,00).-(Véase N° 6.403 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de esta misma fecha).
En este sentido, el salario mínimo quedó establecido en 1.800
bolívares soberano, que
equivale a medio petro y el
Cestaticket o Bono de Alimentación quedó estipulado en 180
bolívares soberanos, equivalente al 10% del salario mínimo, ambos con vigencia a partir del 1ero. de
septiembre 2018.
En base a
estos incrementos, pueden analizar y visualizar cuanto será el valor
del nuevo costo social laboral integral de un trabajador: