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Vigencia pagos adelantados del IVA e ISLR de Sujetos Pasivos Especiales

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Gaceta-Oficial.- En Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.396 de fecha 21 de agosto de 2018, se publica decreto constituyente del Régimen Temporal de Pago de Anticipo del IVA e ISLR para contribuyentes especiales, donde señala vigencia a partir del primero de septiembre de 2018, este se estableció sin límite de tiempo y será el Ejecutivo el que decida su duración, según señala el decreto aprobado por la Asamblea Nacional Constituyente.

“El régimen de anticipo establecido en este decreto estará vigente hasta su derogatoria total o parcial por el Ejecutivo Nacional”, indica el documento en su artículo 12.

Posteriormente, en gaceta N° 41.468 del 27 de agosto de 2018, se publica calendario para los pagos adelantados del IVA e ISLR de Sujetos Pasivos Especiales.

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) publicó calendario para los pagos adelantados de obligaciones tributarias como el IVA y del ISLR, a partir de los meses de septiembre a diciembre del año 2018.

En Gaceta Oficial número 41.468 con fecha de 27 de agosto de 2018, se puede leer en su  Artículo 1°: 

Se modifica el calendario para el cumplimiento de las obligaciones tributarias generadas a partir de los meses de septiembre a diciembre del año 2018, establecido en los literales a, b y d del artículo 1° de la Providencia Administrativa SNAT/2017/0053, de fecha 19/10/2017, que establece el Calendario de Sujetos Pasivos Especiales para las obligaciones que deben cumplirse para el año 2018.

Tanto para el IVA como para el ISRL, los pagos adelantados son deducibles de la declaración definitiva.
 

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