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Seniat: recuerda tienes hasta el 31 de marzo para declarar y pagar el ISLR

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Gaceta-Oficial.- El Seniat informa a las Personas Naturales, que tienen la obligación de presentar la declaración definitiva del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), deben incluir la totalidad de remuneraciones percibidas en el año 2018.

Resalta que son todas las remuneraciones, correspondientes a sueldos, salarios, horas extras, bonificaciones regulares, utilidades, dietas, pensiones y similares, regidas por la Ley Orgánica del Trabajo, deben ser incluidas por las Personas Naturales al momento de declarar y pagar el ISLR.

Igualmente deben considerar, los llamados bonos eventuales con incidencia salarial, obtenidos por el trabajador por desempeño destacado.

Todos los pagos recibidos durante el año 2018, en ocasión de las labores efectuadas deben ser objeto de la declaración definitiva del citado tributo nacional.

Es importante destacar, que para hacer la declaración de ISLR, deben tener el Registro Único de Información Fiscal (RIF) vigente y con los datos de las cargas de familia actualizados.


Las Personas Jurídicas, que lleven a cabo actividades comerciales, deben declarar todas, hayan o no obtenido utilidad en el 2018, es importante efectuar el cierre contable del ejercicio 2018 a tiempo para que puedan llevar a cabo la declaración.

El SENIAT recuerda que las declaraciones del ISLR hechas el último día de marzo incrementan el volumen y congestionan el sistema, recuerda no habrá prórroga para el pago.

La acción de declarar debe ser cumplida antes de la fecha de vencimiento, según lo establece el artículo 146 del Reglamento de Impuesto Sobre la Renta, que reza: “Las declaraciones de rentas definitivas deberán ser presentadas dentro de los tres (3) meses siguientes a la terminación del ejercicio gravable del contribuyente, ello sin perjuicio de las prórrogas que otorgue la Administración Tributaria”. En este sentido, se recuerda que se debe efectuar la declaración hasta el 31 de marzo de este año.




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