Gaceta-Oficial.- La declaración del ISLR puede hacerse vía electrónica
mediante el portal web del ente recaudador, para acceder al sistema solamente
se requiere el usuario y contraseña y presentar la declaración.
Para efectuar el pago de su declaración del Impuesto Sobre
la Renta (ISLR), el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y
Tributaria (SENIAT) recuerda a los contribuyentes que de acuerdo a la normativa
tributaria vigente, el mismo lo puede realizar en tres porciones, tal y como lo
establece la Providencia Administrativa Nº 1.697 emitida por el Ministerio del
Poder Popular de Planificación y Finanzas y publicada en la Gaceta Oficial
número 37.660, el 28 de marzo de 2003.
En este sentido, los contribuyentes pueden realizar el pago
de este tributo en tres porciones: la primera hasta el 1° de abril, la segunda
para el lunes 22 de abril y la tercera para el 13 de mayo. Para ello, en el
momento de hacer la declaración del ISLR, deben manifestar su voluntad de
realizar el pago fraccionado, cuando el sistema informático automatizado se los
indique.
El SENIAT les recuerda a los aquellos contribuyentes que
incumplan con el pago del ISLR en los lapsos establecidos, el Código Orgánico
Tributario establece las sanciones respectivas.