Gaceta-Oficial.- Según decreto N° 14 en Gaceta Oficial N° 41.614, en su Artículo 1°. se
establece, para el sector Público y Privado, un horario especial
laboral, desde las 8:00 a.m., hasta las 02:00 p.m., a partir del día lunes 01
de abril de 2019 hasta el martes 30 de abril de 2019; prorrogable por el
período que acuerde el Ejecutivo Nacional.
Se exceptúa de la aplicación de
este Decreto, La Red de Agencia y Sucursales de los bancos públicos y privados
, obligándose a garantizar la prestación de servicios, por lo que deberán operar con normalidad, sin interrupción alguna derivada de los efectos de la declaratoria efectuada en el artículo 1° de este Decreto.