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Establecen en Gaceta Oficial N° 41.614 horario laboral especial para el mes de abril

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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Decreto N° 3.818, mediante el cual se establece, para el sector Público y Privado, un horario especial laboral, desde las 8:00 a.m., hasta las 02:00 p.m., a partir del día lunes 01 de abril de 2019 hasta el martes 30 de abril de 2019; prorrogable por el período que acuerde el Ejecutivo Nacional.

A principios de abril, el vicepresidente sectorial de Comunicación Turismo y Cultura, Jorge Rodríguez, había anunciado que la jornada laboral diaria estaría reducida hasta las 2:00pm, debido a los constante apagones que surgieron en el país.



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