Decreto N° 3.829, mediante el cual se
incrementa el salario mínimo nacional mensual obligatorio en todo el territorio
de la República Bolivariana de Venezuela, para las trabajadoras y los
trabajadores que presten servicios en los sectores públicos y privados, sin perjuicio
de lo dispuesto en el artículo 2° de este Decreto, a partir del 16 de abril de
2019, estableciéndose la cantidad de cuarenta mil Bolívares con cero
céntimos (Bs. 40.000,00) mensuales.
Cabe destacar, que en el portal web del Banco Central de Venezuela (BCV),
actualizó este viernes el valor oficial de la criptomoneda Petro, el cual quedo
en Bs. 80.000, por su parte, Maduro detalló que decidió
establecer un nuevo salario mínimo anclado a medio Petro.
Decreto N° 3.832, mediante el cual se fija el
Cestaticket Socialista mensual para las trabajadoras y los trabajadores que
presten servicios en los sectores público y privado, en la cantidad de
veinticinco mil Bolívares con cero céntimos (Bs. 25.000,00), vigente a
partir del 16 de abril de 2019.
Este incremento para el
bono equivale ahora a 62,5% del salario mínimo y no al 10% que estableció
previamente el presidente Nicolás Maduro.