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LÉASE ÚLTIMA NOTIFICACIÓN DE CONVENIO CAMBIARIO PARA PRESTADORES DE SERVICIOS TURÍSTICOS

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Se les recuerda a los Prestadores de Servicios Turísticos, dedicados a servicios de Alojamiento; Agencias de Viajes y Turismo; y Transporte Turístico que deseen realizar operaciones en divisas, que es requisito fundamental el poseer la "Constancia de Prestador de Servicios Turísticos a los fines cambiarios", según lo establecido en la Resolución N° 019 de fecha 22/07/2016, emitida por el Ministerio del Poder Popular para el Turismo.




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Fuente: bcv

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