Debemos tener presente que la
Administración Tributaria ha dispuesto que la declaración estimada de ISLR, se
efectúe en el portal del SENIAT. http://www.seniat.gob.ve/
Es de destacar que entre quienes deben
pagar este anticipo están:
Las personas naturales.
Las compañías anónimas y
sociedades de responsabilidad limitada.
Asociaciones, fundaciones y
entidades jurídicas entre otras.
Es
importante destacar que para las sociedades de personas, la obligación de la
declaración estimada aplica en cabeza de socio, es decir cada socio debe
cumplir con este deber por separado.

