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Gaceta Oficial 41.580: BCV autoriza a bancos y casas de cambio la venta de divisas extranjeras

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Gaceta-Oficial.- De acuerdo con el aviso oficial publicado por el  Banco Central de Venezuela (BCVen la Gaceta Oficial 41.580, con fecha 6 de febrero. la entidad financiera autorizó a los bancos universales la venta de divisas extranjeras a sus clientes.

Los bancos podrán vender un máximo de 1.000 euros diarios por clientes, o su equivalente en otra moneda, 4000 euros al mes y 8.500 euros por año.
El BCV señaló que, en caso de que la operación tenga por objeto la adquisición de billetes extranjeros, solo se podrán obtener 500 euros diarios, o su equivalente en otra moneda.
Para la venta de moneda extranjera al menudeo se estableció un mínimo de 50 euros o su equivalente en otra moneda, en el caso de personas naturales, y de 500 euros para las personas jurídicas.
Las condiciones para realizar las operaciones de menudeo a través de los operadores cambiarios autorizados fueron establecidas por el Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas, el Banco Central de Venezuela (BCV).

LEASE TAMBIÉN:  Gaceta Oficial N° 41.580: Aviso Oficial del Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas y del Banco Central de Venezuela sobre Operaciones cambiarias


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