Es preciso señalar que el nuevo valor de UT solo aplica para
los trámites del Seniat, dejando exento el pago del Impuesto Sobre la Renta
(ISLR), solamente podrá ser utilizado como unidad de medida para la determinación de
los tributos nacionales cuya recaudación y control sean de la competencia de
este ente, por lo que otros organismos del Estado venezolano no deben
utilizarla.
Las sanciones impuestas por el Seniat “no
pueden ser utilizadas por otros órganos y entes del poder público para la
determinación de beneficios laborales o de tasas y contribuciones especiales
derivados de los servicios que prestan”, señala el artículo 2 de la providencia
administrativa.