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Plataforma Patria incorpora al Sistema de Intercambio de Monedas y Criptoactivos los pares de Petro a Bitcoin o Litecoin

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Gaceta-Oficial.- Continuando con la actualización de los sistemas asociados al Petro y las criptomonedas, la Plataforma Patria informa, que se están realizando modificaciones al Sistema de Intercambio de Monedas y Criptoactivos para incorporar los pares de Petro a Bitcoin o Litecoin.

En este sentido las personas que tienen creado Monederos Bitcoin o Litecoin, podrán colocar sus cotizaciones en espera que se comiencen a ejecutar las rondas de manera periódica.

Las comisiones y tarifas, se actualizarán a partir del día 2 de noviembre de 2020, quedando de la siguiente manera:


Comisión del Servicio de Intercambio

  • PTR-VES: 0,50% del monto demandado.
  • PTR-BTC y PTR-LTC: 1,00% del monto demandado.

Mínimo de la Comisión de Intercambio

  • Comisión: 0,0004 PTR
  • Esta comisión se aplica al monto demandado y se determina a partir de la tasa oficial del Petro. Se informa con más detalles en el momento de creación de la cotización.

Comisión por cancelación cotización

  • Comisión: 0,0004 PTR
  • Esta comisión se debitará en la moneda o criptoactivo ofertado, el monto exacto se informa al crear la cotización utilizando la tasa oficial del Petro.
  • Al llegar a la fecha de vencimiento de una cotización el monto ofertado es devuelto íntegramente y no se debitará esta comisión.

Las cotizaciones que hayan sido creadas antes de la actualización de las comisiones y tarifas, mantendrán los monto acordados en el momento de su registro.

Si por alguna situación en el momento de ejecutarla los monederos no cuentan con saldo, se mantendrá activa para aplicarse cuando sea posible. En la nota de la operación de cada comisión de servicio se detallará la referencia del movimiento que la generó. De igual manera existirán excepciones, tales como los reversos y reintegros de transferencias que no sean aceptadas en su destino.

La comisión de servicios no será notificada a través de la mensajería de texto o la aplicación veMonedero.

El cobro de esta comisión de servicio está amparado en la providencia No. 097-2019 publicada en la gaceta oficial 41.782 del 16 de diciembre de 2019 que fija un monto máximo de 2% destinados a gastos de mantenimiento de la plataforma, sin perjuicio de las comisiones derivadas al mantenimiento de la cadena de bloques (blockchain).



Fuente: https://blog.patria.org.ve/

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